De acuerdo con lo dispuesto en el art. 13.2 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, así como en los arts. 18.3 y 18.4 de la Ley 3/2018 de 21 de febrero de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Pleno de la Cámara de Comercio de Cáceres en sesión de 10 de ABRIL de 2018, ha acordado la convocatoria pública para la provisión de la plaza de Secretario General de la Cámara de Comercio de Cáceres, de conformidad con las siguientes bases:
Primera: Se convoca la provisión de la plaza de Secretario General de la Cámara de Comercio de Cáceres, en régimen de contratación laboral.
Segunda: Podrán participar en la presente convocatoria las personas que reúnan los siguientes requisitos mínimos:
a) Ser español/a o ciudadano/a de un país miembro de la Unión Europea.
b) Ser mayor de edad.
c) Ser licenciado/a o titulado/a de grado superior en Derecho con un mínimo de 5 años de experiencia profesional.
d) No estar inhabilitado/a para empleo o cargo público.
e) No desempeñar actividades que incurran en conflicto de intereses con el cargo de la Secretaría General.
f) Dominio de la lengua castellana, así como del idioma inglés, escrito y hablado.
Tercera: Serán valorables por el Tribunal calificador que se indica en la base cuarta, los méritos, la práctica y las capacidades de los candidatos atendiendo al siguiente baremo:
PUNTUACIÓN MÁXIMA | |
• Conocimiento jurídico y desarrollo profesional: Se valorará el conocimiento jurídico y desarrollo profesional, especialmente en el ámbito del derecho administrativo | 20 puntos |
• Experiencia en la Secretaría de órganos colegiados: Se valorará especialmente el desempeño de funciones de secretaría en el seno de órganos colegiados de las administraciones públicas, corporaciones de derecho público o entes del sector público, así como la asistencia y asesoramiento a los mismos. | 5 puntos |
• Experiencia en el puesto que se convoca o similar: Se valorará el tiempo de experiencia en el puesto convocado, así como el tiempo de experiencia en esta u otras Cámaras de Comercio. | 5 puntos |
• Otras titulaciones universitarias: Se valorarán especialmente otras licenciaturas, grados o másteres universitarios relacionados con la actividad de la plaza que se provee. | 10 puntos |
• Relaciones internacionales: Se valorará el conocimiento y experiencia en materia de relaciones internacionales, en particular la experiencia en relaciones con las instituciones de la Unión Europea y con organismos económicos internacionales, así como el conocimiento de su funcionamiento. | 20 puntos |
• Tramitación de ayudas de la Unión Europea: Se valorará el conocimiento y experiencia en la tramitación de ayudas de la Unión Europea. | 10 puntos |
• Competencias y habilidades directivas: Se valorarán las competencias y habilidades directivas del candidato, en especial la experiencia en gestión de equipos y en el desempeño de cargos y funciones de responsabilidad. | 10 puntos |
• Aptitud general para el desempeño del cargo: Se valorará la aptitud general del candidato para el desempeño del cargo de Secretario General de la Cámara de Comercio de Cáceres, mediante entrevista personal con el Tribunal calificador. A esta entrevista accederán únicamente tres aspirantes que, de acuerdo con los méritos anteriores a este, sean seleccionados por el Tribunal. | 20 puntos |
Cuarta: El Tribunal calificador de la presente convocatoria estará compuesto por los siguientes miembros:
1. El Presidente de la Cámara de Comercio de Cáceres o persona en quien delegue, que lo presidirá.
2. Dos representantes del Pleno de la Cámara de Comercio de Cáceres, designados por el Presidente.
Actuará como Secretario del Tribunal con voz, pero sin voto la titular de la Intervención de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Cáceres.
El Tribunal calificador, constituido con la composición indicada, procederá al examen y valoración de las solicitudes y expedientes presentados por los candidatos de acuerdo con el baremo establecido en la base tercera, instruirá las pruebas que considere pertinentes y hará la propuesta motivada del candidato seleccionado, levantándose la correspondiente acta. El Presidente elevará la propuesta al Pleno para su ratificación y nombramiento, mediante acuerdo motivado adoptado por la mitad más uno de sus miembros.
Quinta: A la presente convocatoria se le dará la publicidad prevista en el art. 18.4 Ley 3/2018 de 21 de febrero de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Las solicitudes para participar en la convocatoria habrán de presentarse en el Registro General de la Cámara de Comercio de Cáceres (Pza. del Dr. Durán nº 2- 10003 – Cáceres) dentro de los diez (10) días naturales siguientes a la fecha de publicación del anuncio antes referido, mediante escrito dirigido al Presidente de la Cámara de Comercio de Cáceres.
Los participantes deberán acompañar a su solicitud:
a) Currículum vitae.
b) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte.
c) Testimonio notarial o copia compulsada del título de la Licenciatura o Grado Superior en Derecho y, en su caso, de otras titulaciones o másteres universitarios.
d) Declaración responsable de no estar inhabilitado para empleo o cargo público, así como no desempeñar actividades que incurran en conflicto de intereses con el cargo de Secretaría General.
En todo caso, el Tribunal calificador podrá requerir a los candidatos la documentación complementaria que estime conveniente.
Sexta: El acuerdo del Pleno de nombramiento de Secretario General será publicado en la página web de la Cámara de Comercio de Cáceres y en el Diario Oficial de Extremadura y se notificará al interesado, que deberá tomar posesión de su cargo en el plazo máximo de un mes a contar desde la fecha de la notificación, salvo causa debidamente justificada que valorará el Presidente.
Séptima: El Secretario General estará sometido al régimen de contratación laboral, y le corresponderán los derechos y retribuciones que se aprueben, especificándose en el contrato que con él se establezca, las condiciones de su relación.
Octava: El Tribunal podrá declarar desierta la convocatoria y, en consecuencia, decidir la no adjudicación de la plaza cuando lo estime conveniente para los intereses de la Cámara de Comercio de Cáceres.