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RESOLUCIONES GRUPALES - SORTEO

Resolución de admisión

y

Resolución de denegación con lista de espera

TICCámara 2022

Resolución de fecha 28 de marzo de 2022 de admisión al Programa TICCámaras de la Cámara de Comercio de Cáceres

Resolución de admisión al Programa TICCámaras

28 de marzo de 2022

 

Examinadas las solicitudes y documentación presentadas a la Convocatoria TICCámaras 2022 para la prestación de servicios de apoyo a la transformación digital, así como para la concesión de ayudas económicas a las pequeñas y medianas empresas de la provincia de Cáceres, publicada el día 21 de febrero de 2022, en el Boletín Oficial de la provincia de Cáceres, ref. BDNS nº 610850 para las que existe disponibilidad presupuestaria según lo indicado en la citada convocatoria.

Vistos los informes favorables emitidos por los órganos competentes que se incluyen en el expediente y habiendo tenido en cuenta los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Las solicitudes se han presentado en el plazo establecido en la citada convocatoria, se acompañan de la documentación requerida y se han valorado conforme al orden de prelación determinado en el sorteo celebrado ante notario el pasado día 25 de marzo de 2022.

Segundo. Los solicitantes reúnen los requisitos establecidos para poder ser considerados beneficiarios de la ayuda, en los términos establecidos en la convocatoria de ayudas (especialmente en su apartado 5. Requisitos de los Beneficiarios) y en sus anexos.

RESUELVO

Estimar la admisión en el Programa TICCámaras con fecha 28 de marzo de 2022, de las siguientes empresas:

 

SOLICITUDES ADMITIDAS

Nº Orden

SORTEO

Nº Registro Sede

(SDE-REG-XX-XXXXXXXX)

RAZÓN SOCIAL

FASES DEL PROGRAMA

Fase I Asesoramiento,

Fase II Ayudas

1

SDE-REG-22-000000000006128

SERPLASE SL

Fase + Fase II

2

SDE-REG-22-000000000005150

PB ASESORES ECONOMIA Y EMPRESA SL

Fase + Fase II

3

SDE-REG-22-000000000004794

OLIVA VENDRELL PEREZ SOFTWARE TECHNLOGIES SL

Fase + Fase II

4

SDE-REG-22-000000000004804

JAVIER FERNANDO FAURA SALVADOR

Fase + Fase II

5

SDE-REG-22-000000000004880

JUAN LUIS MUÑOZ ROLDAN

Fase + Fase II

6

SDE-REG-22-000000000006287

PARRAGHOLEH SL

Fase + Fase II

7

SDE-REG-22-000000000004824

INGENIERIA Y DESARROLLOS DERIVADOS DEL CARBON S.L.

Fase + Fase II

8

SDE-REG-22-000000000006239

GRUPO LOGISTICO ALIMENTARIO GARSAN SL

Fase + Fase II

9

SDE-REG-22-000000000004917

FONTANERIA LLANOS SL

Fase + Fase II

10

SDE-REG-22-000000000006333

SERGIO GIL PANIAGUA

Fase + Fase II

11

SDE-REG-22-000000000006271

GESHOMAR SERVICIOS DE HOSTELERIA SL

Fase + Fase II

12

SDE-REG-22-000000000006551

OLGA UTRILLA ARELLANO

Fase I

13

SDE-REG-22-000000000006589

JOSE RAMOS CEREZO

Fase I

14

SDE-REG-22-000000000004919

CORNEJO & LLANOS SL

Fase I

 

Fases y financiación del programa

  • Fase I de Asesoramiento:

Gratuito para la empresa, prefinanciado al 100% por la Cámara de Comercio y cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional de la Unión Europea (FEDER), por la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura y la Cámara de Comercio de Cáceres

  • Fase II de Ayudas Económicas:

Ayuda a la inversión (Importe máximo financiable: 7.000 €), prefinanciada al 100% por la empresa y cofinanciada al 70% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y el 30 por la empresa beneficiaria.

Adicionalmente, desde la Cámara de Comercio se realizará un servicio de seguimiento a la implantación, prefinanciado al 100% por la Cámara de Comercio y cofinanciado al por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional de la Unión Europea (FEDER), por la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura y la Cámara de Comercio de Cáceres

Condiciones de la ayuda

Las condiciones de la ayuda se reflejarán en el convenio de participación / documento que establece las condiciones de la ayuda (DECA) del Programa TICCámaras, que se remitirá a las empresas admitidas para su firma y aceptación, conforme al modelo publicado como Anexo III de la convocatoria.

Según lo previsto en el apartado 11 de la convocatoria, la resolución del procedimiento se notificará a los interesados, mediante publicación en la página web https://camaracaceres.com/resoluciontic2022, sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y surtiendo los mismos efectos, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Esta resolución supone la aceptación de los admitidos a ser incluidos en la lista pública que se recoge en el artículo 115, apartado 2 del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 diciembre de 2013.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Administración tutelante de la Cámara de Comercio en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con el artículo 36 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución expresa, podrá entenderse desestimado el recurso, pudiendo interponer el interesado en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo.

En Cáceres, a 28 de marzo de 2022

Raúl Iglesias Durán.

Secretario General

 

Resolución de fecha 28 de marzo de 2022 de denegación de participación en el Programa TICCámaras de la Cámara de Comercio de Cáceres

Examinadas las solicitudes presentadas a la Convocatoria TICCámaras 2022 para la prestación de servicios de apoyo a la transformación digital, así como para la concesión de ayudas económicas a las pequeñas y medianas empresas dela provincia de Cáceres, publicada el día 21 de febrero de 2022, en el Boletín Oficial de la provincia de Cáceres, ref. BDNS nº 610850, para las que existe disponibilidad presupuestaria según lo indicado en la citada convocatoria, y vistos los informes emitidos por los órganos competentes que se incluyen en el expediente, 

RESUELVO

Denegar la participación en el Programa TICCámaras de las empresas relacionadas en la tabla siguiente, por alguno de los motivos indicados a continuación.

  • Código 01 Por encontrarse indebidamente cumplimentada la solicitud o no acompañarse de toda la documentación requerida, habiendo transcurrido el plazo concedido para su
  • Código 02: Por no cumplir los criterios imprescindibles de participación en el programa
  • Código 03: Por las limitaciones presupuestarias encontradas ante el número de solicitudes recibidas.
  • Código 04: Por cualquier otro motivo.

 

SOLICITUDES NO ADMITIDAS

Nº Orden

SORTEO

Nº Registro SDE-REG-XX-XXXXXXXX

RAZÓN SOCIAL

Fase denegada

Fase I Asesoramiento

Fase II Ayudas

MOTIVO DENEGACIÓN

Cód.

Observaciones

 

 

 

 

 

 

 

Incluir las solicitudes denegadas por motivo de las limitaciones presupuestarias que se relacionan a continuación, en la lista de espera con los efectos previstos en la convocatoria de ayudas.

 

RELACIÓN DE SOLICITUDES A INCLUIR EN LISTA DE ESPERA

Nº Orden

SORTEO

Nº Registro SDE-REG-XX-XXXXXXXX

RAZÓN SOCIAL

Indicar fase de la lista de espera (Fase I Asesoramiento, Fase II Ayudas)

1

SDE-REG-22-000000000006435

GUILLERMO FERNANDEZ GARCIA

Lista de Espera Fase I

2

SDE-REG-22-000000000004790

BOXER FOOD PLASENCIA 2018 SL

Lista de Espera Fase I

3

SDE-REG-22-000000000004698

AMBLING PROJECTS SL

Lista de Espera Fase I

4

SDE-REG-22-000000000006393

AMBERES COMPUTERS SL

Lista de Espera Fase I

5

SDE-REG-22-000000000006248

GUADIOR XXI SL

Lista de Espera Fase I

6

SDE-REG-22-000000000006463

LA PEDRONA SL

Lista de Espera Fase I

7

SDE-REG-22-000000000004703

AMBLING INGENIERIA Y SERVICIOS SL

Lista de Espera Fase I

8

SDE-REG-22-000000000005015

MARIA PILAR RAMAJO MARTIN

Lista de Espera Fase I

9

SDE-REG-22-000000000006687

CARNITECA EXTREMEÑA SA

Lista de Espera Fase I

10

SDE-REG-22-000000000006157

JONATHAN DEL AMA LUENGO

Lista de Espera Fase I

11

SDE-REG-22-000000000005167

CARTONPLAS EMBALAJES SL

Lista de Espera Fase I

12

SDE-REG-22-000000000004704

ASSESSOR ONE, SL

Lista de Espera Fase I

13

SDE-REG-22-000000000005320

JUAN ANTONIO CABEZALI HERNANDEZ

Lista de Espera Fase I

14

SDE-REG-22-000000000004700

IFINANCIERA ECONOMIA E INVERSION SL

Lista de Espera Fase I

15

SDE-REG-22-000000000005198

OBRAS Y REFORMAS JESUS Y ROBERTO SL

Lista de Espera Fase I

16

SDE-REG-22-000000000006266

KIOSCO COLON SL

Lista de Espera Fase I

17

SDE-REG-22-000000000006118

PEDRO JAVIER DIEZ MATEOS

Lista de Espera Fase I

18

SDE-REG-22-000000000004699

FERNANDO MOLPECERES PONCELA

Lista de Espera Fase I

19

SDE-REG-22-000000000005892

MIGUEL ANGEL MUÑOZ SERRANO

Lista de Espera Fase I

20

SDE-REG-22-000000000006181

QUESERIA SAN SIMON SL

Lista de Espera Fase I

 

Según lo previsto en el apartado 11 de la convocatoria, la resolución del procedimiento se notificará a los interesados, mediante publicación en la página web https://camaracaceres.com/resoluciontic2022, sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y surtiendo los mismos efectos, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Administración tutelante de la Cámara de Comercio en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con el artículo 36 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución expresa, podrá entenderse desestimado el recurso, pudiendo interponer el interesado en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo.

En Cáceres, a 28 de marzo de 2022

Raúl Iglesias Durán.

Secretario General